Por medio de la cual el Departamento de Nariño, realiza la distribución de recursos de que trata el artículo 4o de la Ley 30 de 1971, modificado por el artículo 1o de la Ley 1289 de 2009, en los Municipios de su jurisdicción para la realización de proyectos y programas específicos correspondiente al sector deporte y en tal sentido;
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE NARIÑO
En uso de sus atribuciones Constitucionales y legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República de Colombia, expidió la Ley 1289 del 6 de marzo de 2009, “Por medio del cual se modifica el artículo 4o de la Ley 30 de 1971 y se dictan otras disposiciones“, estableciendo en su artículo 1° lo siguiente: