“POR MEDIO DEL CUAL SE ORDENA EL CIERRE TEMPORAL DE LA VÍA DEPARTAMENTAL EL TABLÓN DE GÓMEZ – SAN JOSÉ (ALBÁN) TRAMO EL TABLÓN – PUENTE JANACATU, JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO DEL TABLÓN DE GÓMEZ, DEPARTAMENTO DE NARIÑO.”
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE NARIÑO (E)
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 303 y 305 numeral 2° de la Constitución Política, el artículo 16 de la Ley 105 de 1993, artículos 1, 3, y 119 de la Ley 769 de 2002 modificada por la Ley 1383 de 2010,
CONSIDERANDO:
Establecer medidas de restricción del tránsito con el cierre temporal y total de la VÍA TABLÓN DE GÓMEZ – SAN JOSÉ DE ALBÁN TRAMO EL TABLÓN PUENTE JANACATU, MUNICIPIO EL TABLON DE GÓMEZ – DEPARTAMENTO DE NARIÑO a partir de la expedición y publicación del presente acto administrativo, por el término de doce (12) meses.