“Por medio del cual se realiza un nombramiento provisional en vacancia definitiva”
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE NARIÑO
En uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas por el Artículo 305 Numeral 2 de la Constitución.
Política, Artículo 94 Numeral 2 del Código de Régimen Departamental y,
CONSIDERANDO
Que, en la planta Global de la Gobernación de Nariño, existe una vacante definitiva del empleo de Auxiliar Administrativo (mensajero), código 407, grado 02.