“Por medio del cual se convoca a la Asamblea Departamental de Nariño a sesiones extraordinarias”.
LA GOBERNADORA DEL DEPARTAMENTO DE NARIÑO (E)
En uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas por el Numeral 12° del Artículo 305 de la Constitución Política, el artículo 23 de la Ley 2200 de 2022 y
CONSIDERANDO
Que la Constitución política de Colombia, en el numeral 12 del artículo No. 305, establece como una atribución del Gobernador, convocar a la Asamblea Departamental, a sesiones extraordinarias para el trámite de los proyectos que en acto de convocatoria se determinen.
Que, respecto a los periodos de las sesiones de las Asambleas Departamentales, el artículo 23 de la ley 2200 de 2022 “Por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los Departamentos” estableció: