“Por medio del cual se prorroga el periodo de sesiones extraordinarias de la Asamblea Departamental de Nariño, convocadas mediante Decreto 295 de agosto de 5 de 2022”
LA GOBERNADORA DEL DEPARTAMENTO DE NARIÑO (E)
En uso de sus Atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas por los numerales 2 y 12 el artículo 305 de la Constitución Política, y el artículo 23 de la Ley 2200 de 2022
COSIDERANDO
Que la Constitución política de Colombia, en el numeral 12 del artículo No. 305, establece como una atribución del Gobernador, convocar a la Asamblea Departamental, a sesiones extraordinarias para el trámite de los proyectos que en acto de convocatoria se determinen.