“Por medio de la cual el Departamento de Nariño, realiza la distribución de recursos de que trata el artículo 4 de la Ley 30 de 1971, modificado por el artículo 1 de la Ley 1289 de 2009, en los Municipios de su jurisdicción para la realización de proyectos y programas específicos correspondiente al sector deporte”
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE NARIÑO
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y
CONSIDERAANDO
Que el Congreso de la República de Colombia expidió la Ley 1289 del 6 de marzo de 2009, “Por medio del cual se modifica el artículo 4 de la Ley 30 de 1971 y se dictan otras disposiciones”, estableciendo en su artículo 1 lo siguiente;