“Por medio de la cual se delega una función”
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE NARIÑO
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 2 del artículo 305 de la Constitución Política Y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 209 de la Constitución política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrollan con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad mediante la descentralización la delegación y la desconcentración de funciones.