PARA: SECRETARIOS DE DESPACHO, SUBSECRETARIOS, DIRECTORES DE DEPENDENCIA, JEFES DE OFICINA ASESORA, PROFESIONALES Y DEMAS FUNCIONARIOS QUE TENGAN CALIDAD DE SUPERVISORES DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN
DE: DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN
ASUNTO: DEBER DE VERIFICACIÓN DE PAGOS AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL POR PARTE DE CONTRATISTAS
FECHA: MARZO 15 DE 2024
En cumplimiento de las funciones a cargo del Departamento Administrativo de Contratación contenidas en el Decreto 309 de 2021, se recuerda a los secretarios de despacho, subsecretarios, directores de dependencia, jefes de oficina asesora, profesionales y demás funcionarios que tengan CALIDAD DE SUPERVISORES, el deber de verificar mensualmente y como requisito para cada pago, que el Contratista se encuentre al día en el pago de sus aportes al sistema general de seguridad social en pensión y salud y pagos parafiscales conforme lo indica la normatividad vigente.
Lo anterior, en cumplimiento del artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, el cual modificó el inciso segundo del artículo 41 de la Ley 80 de 1993, incluyendo la obligación, para los proponentes y contratistas, de estar a paz y salvo con los aportes parafiscales al Sistema de Seguridad Social integral.
MARCO FIDEL MARINEZ GAVIRIA
Director Departamento Administrativo de Contratación