De conformidad con lo establecido en la Ley 909 de 2004 y la Ley modificatoria 1960 de 2019, se pulbica el estudio de hojas de vida del personal de carrera administrativa, incluyendo al persona administrativo de las Instituciones Educativas del Departamento (Municipios no certificados), con el fin de cubrir mediante encargo las vacantes existentes en la planta de personal de la entidad.