- OBJETIVO: Establecer unos lineamientos frente a la aplicación de la plataforma de elecciones virtuales de la Gobernación de Nariño, y el rol que cada dependencia debe desempeñar de acuerdo a la elección que realiza.
- ALCANCE: Inicia cuando se identifica la elección virtual a desarrollar y el equipo responsable de dicha implementación con la Secretaria de las TIC, los demás designados en el proceso y culmina con la realización del proceso de elección respectivo y él envió del acta de resultados a la dependencia.
- DEFINICIONES:
Plataforma: Es una herramienta que permite el desarrollo de un proceso y procedimiento de forma ágil y oportuna.
Voto Electrónico: Este sistema propone el modelo de aplicación de Tecnologías de la información y de aplicación para la entidad, previo el ingreso de información confiable y preliminar para la identificación de la elección a realizar y que se pueda incluir la elección e incluir la votación a través de candidatos con foto o numeración.
Participación: La dependencia a cargo, identificara la población objeto que serán los candidatos y votantes, de acuerdo a la normatividad respectiva e informara a la Secretaria de las TIC, para adecuar la plataforma en su seguridad, sistemas electrónicos de acceso, transmisión, Voto electrónico.
Podrán designarse diferentes denominaciones para el proceso de orientación y quienes se desempeñen como escrutadores de los procesos que se realicen.
APLICACIÓN AL PROCESO DE ELECCIONES DE LA COMISION DE PERSONAL
En atención a lo establecido en el Decreto 498 de 2020, Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública, establece: