“Por el cual se da cumplimiento un fallo de tutela y como consecuencia de ello, se revoca integralmente un acto administrativo”
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE NARIÑO
En uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas pos la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015 y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 establece que los empleos de carrera administrativa se proveerán en periodo de prueba o en ascenso con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.