“Por el cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba, se da por terminado un encargo y se declara insubsistente el nombramiento de empleado provisional”, se permite COMUNICAR el presente acto administrativo, informarle que contra el acto administrativo no proceden recursos. CHRISTIAN CAMILO BURGOS DELGADO
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE NARIÑO
En uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 establece que los empleos de carrera administrativa se proveerán en periodo de prueba o en ascenso con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito.