“POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ARTICULO 2 DEL DECRETO 395 DE 2018 Y SE CONVOCA AL SECTOR RELIGIOSO DEL DEPARTAMENTO DE NARIÑO A HACER PARTE DE LA MESA DEPARTAMENTAL DEL SECTOR RELIGIOSO DE NARIÑO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE NARIÑO
En uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, y de conformidad con lo establecido en los artículos 19 y 298 de la Constitución Política, Ley 2200 de 8 de febrero de 2022, Ley 133 de 1994, Decreto Nacional 1396 de 1997 y 437 de 218, y el articulo 2 de la resolución 583 de 11 de mayo de 2018, emitida por el Ministerio del Interior, y
CONSIDERANDO
Que el reconocimiento de la libertad religiosa y de cultos como derecho fundamental consagrado en el articulo 19 de la Constitución Política de 1991,