Por medio del cual se modifica el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del nivel central de la Gobernación de Nariño.
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE NARIÑO
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le otorga el artículo 305, numeral 7 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 46 de la ley 909 de 2004 y Decreto 785 de 2005
CONSIDERANDO
Que, de conformidad con el artículo 305, numeral 7° de la Constitución Nacional de 1991, es una de las competencias del Gobernador “(…) Crear, suprimir y fusionar los empleos de sus dependencias, señalar sus funciones especiales y fijar sus emolumentos con sujeción a la ley y a las ordenanzas respectivas” (…).
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 122 de la Constitución Nacional de 1991: “No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente” (…).
Que, de conformidad con el artículo 19 de la Ley 909 de 2004, el empleo público constituye el núcleo básico de la estructura de la función pública y, que por empleo se entiende el conjunto de funciones, tareas y responsabilidades que se asignan a una persona y las competencias requeridas para que las lleve a cabo, con el propósito de satisfacer el cumplimiento de los planes de desarrollo y los fines del Estado.