PARA: Secretarios(as), Subsecretarios(as) y Jefes(as) de Dependencia de la Gobernación de Nariño
DE: Subsecretaría de Relacionamiento Estado–Ciudadano
ASUNTO: Estandarización de canales oficiales para la atención y gestión de PQRSD y requerimientos de información.
La Subsecretaría de Relacionamiento Estado-Ciudadano, en cumplimiento del Artículo 209 de la Constitución Política —el cual fundamenta la función administrativa en los principios de eficacia, economía y celeridad— y bajo el marco de la Ley 1755
de 2015 y el Decreto 103 de 2015, informa a todas las dependencias la des habilitación definitiva del correo electrónico correspondencia@narino.gov.co. Para para la atención, gestión de PQRSD y requerimientos de información.
Con el propósito de optimizar los tiempos de respuesta, garantizar la centralización de la información y dar estricto cumplimiento al flujo de gestión documental, todos los requerimientos de información y trámites relacionados con PQRSD deberán canalizarse exclusivamente a través de los canales oficiales:
servicioalciudadano@narino.gov.co (Gestión Integral) y contactenos@narino.gov.co (Enlace de Comunicación).
El uso de estos canales es de ESTRICTO CUMPLIMIENTO; por lo tanto, la remisión de solicitudes a correos inhabilitados o no oficiales se considerará una falla en el procedimiento administrativo que puede derivar en el vencimiento de términos legales y posibles sanciones disciplinarias por omisión en la gestión de peticiones.
En consecuencia, se solicita a cada dependencia actualizar sus protocolos internos de manera inmediata para asegurar un relacionamiento efectivo, transparente y célere. Esta circular rige a partir de la fecha de su publicación y es de aplicación inmediata y obligatoria para todos los niveles jerárquicos de la entidad.
Atentamente,
JUAN IGNACIO ROSERO
Subsecretario de Relacionamiento Estado – Ciudadano