CIRCULAR No.OAJ-003-2020

PARAFUNCIONARIOS, PROFESIONALES DEL DERECHO Y CONTRATISTAS QUE EJERZAN LA REPRESENTACION DEL DEPARTAMENTO

DE: OFICINA ASESORA JURIDICA

ASUNTOINTERPRETACION DEL DECRETO LEGISLATIVO 806 DE 2020.

La Oficina Asesora Jurídica, en ejercicio de sus funciones y en atención a lo dispuesto en el inciso 3o del artículo 8 delDecreto Legislativo 806 del 04 de junio de 2020, se permite informar a todos los funcionarios, profesionales del derecho y contratistas que ejerzan la representación del departamento, que los despachos judiciales en lo contencioso administrativo han adoptado dos líneas de interpretación respecto al termino de traslado de la demanda, a saber: 

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