CIRCULAR No. 07-2020
PARA: SECRETARIOS, SUBSECRETARIOS, ASESORES, JEFES, DIRECTORES, FUNCIONARIOS Y DEMAS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA GOBERNACION DE NARIÑO
DE: GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE NARIÑO
ASUNTO: ADOPCIÓN DE ACCIONES PREPARATIVAS Y PREVENTIVAS CONTRA EL COVID-19
FECHA: 16 DE MARZO DE 2020
De conformidad con el artículo 2° de la Constitución Política, las autoridades están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades.
Por su parte, el artículo 209 ibídem, establece que “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.
Por medio de la Circular Externa 0018 de 2020 emitida por los Ministerios del Trabajo, Salud y Protección Social y el Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, se establecieron acciones de contención ante el covid-19 y la prevención de enfermedades asociadas al primer pico epidemiológico de enfermedades respiratorias.
El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020 “Por medio de la cual se declara emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19 y se adoptan medidas para hacer frente al virus”.
El Presidente de la República emitió la Directiva Presidencia No. 02 cuyo asunto refiere a las medidas para atender la contingencia generada por el covid-19, a partir del uso de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones – TIC.
Con el propósito de garantizar la prestación del servicio público y con el fin de adoptar medidas sanitarias y contribuir de manera eficaz para contener la propagación y contagio de enfermedades respiratorias, especialmente el COVID-19, declarado el 11 de marzo de 2020 por la Organización Mundial de la Salud -OMS- como una pandemia, y en concordancia con las normas antes señaladas, se recomienda atender e implementar las siguientes medidas:
1.- Asepsia en instalaciones y mobiliario.
La Gobernación del Departamento de Nariño implementará las actividades de limpieza y desinfección de espacios, muebles, enseres y equipos de trabajo, del edificio central y de todas las sedes
Para lo cual la Secretaria General deberá adelantar las siguientes acciones:
- Jornadas de aseo y desinfección en cada una de las sedes con uso de elementos propios como complemento de medidas en contra del Coronavirus, como desinfectantes, antibacteriales y demás.
- Suministro constante de jabón de manos, gel antibacterial y mantenimiento diario de limpieza de superficies.
Estas actividades, se continuarán realizando conforme a la programación que para el efecto elabore la Secretaría General del Departamento y hasta cuando se controlen las condiciones relacionadas con el COVID-19.
2.- Actividades pedagógicas a cargo de la Administración
La Secretaría General, la Subsecretaria Administrativa y la Subsecretaría de Talento Humano, deberán desarrollar acciones pedagógicas orientadas a la prevención del COVID-19, para promoción de hábitos saludables que permitan reducir el riesgo de afectación por este coronavirus, para lo cual se deberá suministrar a los servidores públicos, trabajadores y contratistas, información clara y oportuna sobre las medidas preventivas y de contención del COVID-19. También se adoptarán acciones para la identificación de casos de COVID-19 en el entorno laboral.
De igual manera estas dependencias de la administración, establecerán canales de información para la prevención del COVID-19, indicando de manera clara y precisa a los servidores públicos, trabajadores y contratistas, a quién deben reportar cualquier sospecha de síntomas o contacto con persona diagnosticada con la enfermedad. Además, deberán informar inmediatamente, cualquier caso sospechoso al Instituto Departamental de Salud de Nariño – IDSN.
3.- Medidas Excepcionales y Temporales: Con el fin de evitar la propagación del virus, prevenir el contagio del mismo y en aras de garantizar la continua y eficiente prestación del servicio públicos, es forzoso tomar medidas extraordinarias hasta que se supere la emergencia sanitaria nacional decretada mediante la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, y en consecuencia es indispensable tener en cuenta las condiciones particulares de salud de los servidores públicos, así como las funciones y actividades que desarrollan, para lo cual se adoptan los siguientes mecanismos:
3.1 Condiciones Especiales de Salud:
Los funcionarios diagnosticados clínicamente con: cáncer, diabetes, insuficiencia renal, enfermedad cardiovascular, neumopatía crónica o inmunodepresión y aquellos funcionarios que superen los 60 años de edad; deberán informar a su jefe inmediato de su condición y remitir el diagnóstico médico a la Subsecretaria de Talento Humano a fin de que puedan realizar las gestiones necesarias para autorizar el trabajo desde la casa.
Las mujeres gestantes y lactantes deberán consultar con su médico tratante para contar con la respectiva prescripción y recomendación respecto a su sitio de trabajo
3.2.- Se adoptarán horarios flexibles para los empleados y contratistas con el propósito de disminuir el riesgo por exposición en horas pico o de gran afluencia de personas en los sistemas de transporte, tener una menor concentración de trabajadores en los ambientes de trabajo y una mejor circulación del aire.
Se adoptará cualquiera de las siguientes opciones:
- De 7:00 a.m. a 4.00 p.m jornada continua con una hora de almuerzo.
- De 9:0 a.m a 6:00 jornada continua con una hora de almuerzo
Para tal efecto los funcionarios que deseen acogerse a alguna de las opciones de horario flexible mencionadas deberán hacerlo saber por escrito ante su jefe inmediato quien acordará con su equipo de trabajo las personas que se acojan a los distintos horarios con el fin de no perturbar el servicio continuo al ciudadano.
El jefe inmediato enviará copia de los horarios definidos con su equipo a la subsecretaria de Talento Humano para los fines pertinentes.
3.3.-Se efectuarán reuniones presenciales estrictamente necesarias y solo se realizarán en amplios espacios de trabajo y con suficiente ventilación para reducir el riesgo de contagio de enfermedades respiratorias y COVID-19 por contacto cercano.
3.4.-Se evitará enviar a empleados y contratistas a lugares o áreas con aglomeraciones, en los que se pueda interactuar con personas enfermas.
3.5.-La Secretaría de las TIC deberá facilitar, implementar y suministrar el soporte técnico necesario para el uso de herramientas tecnológicas, virtuales y colaborativas que se requieran para el cumplimiento de las funciones de los empleados y las obligaciones de los contratistas, de modo que se desarrollen los cometidos asignados a la entidad territorial,
3.6 – Se suspende temporalmente las comisiones de servicio al exterior y se limitan las comisiones de servicio al interior a fin de atender únicamente aquellas asociadas a las necesidades urgentes e inaplazables del servicio
4.- Deberes de Servidores públicos de la Gobernación de Nariño.
✔ Evitar formas de saludo que impliquen contacto físico.
✔ Evitar aglomeraciones de trabajadores.
✔ Adoptar rutinas de lavado frecuente de manos y uso de gel antibacterial o alcohol glicerinado, que lo proporcionará la administración Departamental, para ser usado en el horario laboral.
✔ Al estornudar, cubrirse con la parte interna del codo.
✔ Limpiar y desinfectar los objetos y las superficies que se tocan frecuentemente.
✔ Ventilar los espacios.
✔ Tomar medidas de protección en el hogar como ventilación de cuartos, cambio regular de ropa de cama, limpieza de muebles y enseres, lavado de manos constante y protección de nariz y boca cuando se presenten cambios de temperatura.
✔ Asistir a las capacitaciones y acatar las medidas de prevención en COVID-19 que se programen por la entidad y/o administradora de riesgos laborales; el incumplimiento al respecto se considera violación a las normas en seguridad y salud en el trabajo, conforme al artículo 91 del Decreto Ley 1295 de 1994.
✔ Guardar reposo y no asistir al trabajo, si tiene fiebre, tos, debilidad general, dolor de garganta, o síntomas respiratorios asociados a la enfermedad, para lo cual deberá reportar tal condición al jefe inmediato y cumplir puntualmente el procedimiento que indicará la Subsecretaría de Talento Humano.
✔ Si ha tenido contacto con alguna persona que sea diagnosticada positiva para el COVID-19, no asista a su lugar de trabajo e informe de inmediato a su jefe, demás autoridades competentes, y siga las instrucciones que sobre el particular indicará la Subsecretaría de Talento Humano.
✔ Absténgase de realizar viajes durante su periodo de vacaciones en países en los cuales se haya reportado incidencia por casos de COVID – 19, si en todo caso su decisión es viajar, deberá solicitar a su regreso, licencia no remunerada, compensatorios, vacaciones pendientes de disfrute o en su defecto, licencia de enfermedad expedida por su EPS, para cumplir con el periodo de aislamiento que determinen las autoridades sanitarias.
5.- Consulta y socialización de información.
La Oficina de Prensa y Comunicaciones de laGobernación de Nariño semanalmente emitirá, salvo que las circunstancias requieran una mayor frecuencia, un boletín informativo con nuevas indicaciones y orientaciones, que pondrá a disposición de la comunidad educativa en la página institucional www.narino.gov.co. De igual manera, continuará publicando en el portal web y remitiendo a los correos institucionales de los empleados y contratistas, información sobre la técnica de lavado de manos, la guía de manejo de brotes epidemiológicos, síntomas y señales de alerta respiratoria y recomendaciones del Instituto Departamental de Salud de Nariño y del Ministerio de Salud.
Las Secretarias, Subsecretarias, direcciones y oficinas de la administración Departamental deberán adoptar las acciones preparatorias y preventivas mencionadas contra el COVID 19 en concordancia con las directrices impartidas por el señor gobernador y los lineamientos del Instituto Nacional de Salud y controlar que éstas se cumplan por parte de los funcionarios y contratistas de la administración Departamental.
Atentamente
(Original firmado)
JHON ALEXANDER ROJAS CABRERA
Gobernador de Nariño
ANA MARIA GONZALEZ BERNAL
Jefe Oficina Asesora Jurídica
ROBERTH HERNAN CUATIN
Subsecretario de Talento Humano
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