PARA: SERVIDORES PÚBLICOS DE PLANTA DE LA GOBERNACION DE NARIÑO
QUE GOCEN DE HORARIO FLEXIBLE DE TRABAJO.
DE: SUBSECRETARIA DE TALENTO HUMANO
ASUNTO: COMPENSACIÓN DE HORARIOS PARA FECHAS ESPECIALES PARA SERVIDORES QUE TENGAN HORARIO FLEXIBLE DE TRABAJO Y EXCLUSIÓN DE COMPENSACIÓN.
FECHA: OCTUBRE 15 DE 2024
La Subsecretaría de Talento Humano, dando cumplimiento a los acuerdos suscritos por la Gobernación de Nariño en acta final de negociación colectiva del 14 de julio de 2024, en específico el acuerdo número 7 referente a la compensación de horarios para fechas especiales, el cual reza:
7. COMPENSACIÓN DE HORARIOS PARA FECHAS ESPECIALES:
Acuerdo: La administración Departamental coordinará la compensación de horarios o el manejo y/o establecimiento de horarios especiales con el fin de permitir el disfrute de fechas especiales o eventos de especial importancia nacional, local o regional, tales como temporadas de fin de año y carnavales, semana santa. Estas compensaciones de horarios para fechas especiales NO serán aplicables para el personal docente, directivo docente y administrativos de Instituciones Educativas, puesto que se debe garantizar el derecho a la Educación; igualmente para personal de atención de riesgos y desastres, tramites de pasaportes y demás actividades que requieran atención al
público en forma continua y permanente. (líneas propias)
Para lo cual se ha programado cronograma para compensar media jornada de los días 24 y 31 de diciembre de 2024, jornadas completas del 2, 3 y 7 de enero de 2025, adicionando una hora diaria de trabajo de lunes a jueves.
Que, teniendo en cuenta el horario flexible de algunos servidores públicos, el nuevo horario se desarrollará de la siguiente forma: desde el miércoles 16 de octubre, hasta el jueves 12 de diciembre de 2024, en el siguiente horario: de lunes a jueves de 7:00 a.m. a 5:00 p.m., Se hace la claridad que los días viernes, el horario continuará habitualmente como se viene desarrollando, de 7:00 a.m. a 3:00 p.m.
Que, con el fin de preservar la continuidad de la actividad administrativa y observar los principios constitucionales y legales que rigen la función pública, quedan excluidos de la compensación de horario los funcionarios del nivel directivo y asesor de la Entidad, que prestan sus servicios en la Dirección Administrativa de Gestión del Riesgo, Pasaportes, Tesorería (Venta de Estampillas), Subsecretaría de Rentas (Personal Operativo), personal
de la Banda Departamental, los que conforman el Comité de Contratación del Departamento, así como los equipos jurídicos, técnicos y administrativos de las diferentes dependencias que tengan procesos de contratación en curso o que deban radicarse en el periodo a compensar, por lo tanto no se apartarán de sus funciones.
Así mismo quedan excluidos de la compensación de horario, los funcionarios de la Gobernación de Nariño que tengan programadas sus vacaciones entre los días a compensar.
Los jefes inmediatos en cada dependencia serán los encargados de vigilar el cumplimiento estricto del horario establecido e informar a la Subsecretaria de Talento Humano en caso de incumplimiento.
Atentamente,
DIANA LIZETTE MERA VILLARREAL
Subsecretaria de Talento Humano