CIRCULAR SH-18-2025 Ampliación del plazo para la presentación de cuentas para pago 2025

Con el fin de garantizar la adecuada radicación de las cuentas para pago,
se amplía el plazo establecido en la Circular SH-017 de 2025, por única vez, en los
siguientes términos:

  1. Las cuentas para pago podrán radicarse hasta las 6:00p.m. del día 20 de
    diciembre de 2025.
  2. Vencido este término, no se recibirán nuevas cuentas dentro del proceso de
    cierre de la vigencia fiscal 2025. Las cuentas que no se puedan radicar
    quedarán sujetas a la normatividad aplicable sobre cuentas por pagar y
    rezagos de vigencia.
  3. El día 20 de diciembre de 2025 hasta las 6:00 p.m., los secretarios y demás jefes
    de las dependencias responsables del trámite de las cuentas para pago,
    deberán garantizar la disponibilidad del personal y de los medios necesarios,
    para adelantar la revisión y trámite de las cuentas que se van a radicar dentro
    de este nuevo plazo.
  4. Se recuerda a los supervisores que las cuentas deben presentarse con la
    totalidad de los soportes, requisitos y certificaciones exigidos por la
    normatividad vigente y por la Secretaría de Hacienda, so pena de no ser
    tramitadas.
Comparte la nota:

Notas relacionadas.